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domingo, 16 de mayo de 2010

Modificada la sentencia contra Dania Virgen García en juicio de apelación

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Dania Virgen y el Cardenal de La Habana Jaime Ortega










LA HABANA, Cuba, 14 de mayo, (Laritza Diversent, www.cubanet.org) –En la mañana de hoy el Tribunal provincial de Ciudad Habana, celebró el juicio en apelación contra la sentencia que condenó a 20 meses de prisión, a la periodista independiente Dania Virgen García. El fallo en apelación, no admite recurso en su contra.

García fue detenida el pasado 20 de abril y enjuiciada el 23, en la causa radicada en el No 142 del 2010. Ese mismo día fue trasladada, bajo prisión provisional, al centro penitenciario para mujeres Manto Negro, en el occidente del país.

Fue puesta en libertad un día después que el tribunal Provincial de la capital suspendiera la vista oral prevista para las 9:00 AM del 6 de mayo. El abogado defensor no fue citado oficialmente para comparecer al juicio. La medida cautelar impuesta por el órgano de justicia municipal, fue entonces modificada “por variación de circunstancias”.

Dania Virgen había sido denunciada por su hija de 23 años de edad, Zuzy Sarais Viera García. La joven alegó que su madre la golpeaba. El hecho fue confirmado por la hermana de la acusada, que sirvió como testigo, en un juicio celebrado sin fiscal ni abogado defensor.

Según declaraciones de García, su hija la instaba a dividir o permutar la vivienda, de la cual la encausada, es propietaria única. La joven declaró ante los jueces, que sentía miedo de las personas que visitaban la casa de su madre, refiriéndose a otros disidentes. Dania se negó a declarar en contra de su descendiente.

El tribunal de San Miguel de Padrón la encontró culpable de un delito de ‘Ejercicio arbitrario de derecho’. Figura delictiva que atenta contra la administración y la jurisdicción. Se corporifica cuando una persona se extralimita, al hacer valer sus derechos por sí misma, sin la mediación de la autoridad.

El derecho que supuestamente ejerció arbitrariamente es el de propietaria. La hija alega que la madre la expulsó del hogar. Por la Ley General de la Vivienda, los descendientes son convivientes obligatorios, protegidos legalmente. Dania, para cesar la convivencia, debía haber requerido los oficios de la Dirección Municipal de la Vivienda, para que dicho organismo decretara el cese, pero al ejercer el cese por si misma, supuestamente de forma directa, la sancionaron.

Las agresiones físicas entran en los supuestos de hechos que tipifican los delitos que atentan contra la integridad corporal. Los conflictos de familia se ventilan por la jurisdicción civil. La violencia, en el delito imputado a Dania Virgen agrava la medida de la sanción.

No obstante, el castigo impuesto por el tribunal a la encausada fue extremadamente severo, sobresale los límites del marco sancionador. Sobre todo si se tiene en cuenta que a ella no le constan antecedentes penales.

Dania no recibió el fallo judicial por escrito. En la práctica, los tribunales municipales acostumbran a emitir su fallo de forma oral, cuando enjuician siguiendo el procedimiento previsto para los delitos con sanción hasta un año de privación de libertad el procedimiento.

Hoy estuve en el juicio de apelación de Dania, aunque no pude entrar a la sala. El Tribunal modificó la sanción de 1 año y 8 meses de prisión a una multa de 300 cuotas de un peso cada una. Además le descontaron los 18 días que permaneció en prisión preventiva, a razón de un día por cuota. O sea, tendrá que pagar 282 pesos moneda nacional.

Se permitió la entrada al juicio de todos los disidentes que asistieron. Los asistentes fueron testigos de las contradicciones en los testimonios de la hija y de la hermana de la acusada. Dania Virgen dijo sentirse complacida con el desempeño de su abogado defensor, quien prefiere que su nombre no salga en la prensa




publicado por Laritza Diversent
Abogada y periodista independiente
(CubaNet)

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