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sábado, 12 de febrero de 2022

Sobre el Anteproyecto de Código de Familias versión 22 (Actualizado con la 24)

 

Sobre el Anteproyecto de Código de Familias versión 22 (Actualizado con la 24)
Pondré algunas de mis inquietudes técnico-jurídicas y de contenido respecto al anteproyecto del Código de Familias
Voy a centrarme en las cuestiones que yo considero problemas, sin demeritar que hayan otras no menos importantes, que si tengo la oportunidad comentaré en algún post nuevo o en un artículo.
1)En el artículo 134 se establece el contenido de la responsabilidad parental y se especifica en su inciso I) que los padres deben velar por su "buena conducta y cooperar con las autoridades correspondientes para superar cualquier situación o medio adverso que influya o pueda influir desfavorablemente en su formación y desarrollo" (por ejemplo ¿Manifestarse como el influencer Lunático?).
Igualmente en el n) " inculcarles el amor...a la patria, el respeto a sus símbolos" (¿Fidel Castro y el PCC son símbolos de la patria?)
Si existiera verdadero un Estado de Derecho en Cuba esto no supondría ningún problema; sin embargo, existe el Partido Único, lo cual no supone que estos incisos sean el problema de por sí, sino el propio esquema ideológico del poder.
2)En su artículo 187 inciso a) se establece que pueden privarse la responsabilidad parental por "incumplir grave y reiteradamente los deberes establecidos en este código". Esta causal es lo que llamamos en derecho una "norma saco" pues depende de la apreciación de la autoridad, no como el resto de las causales enunciadas.
3)Sobre el Divorcio notarial el artículo 287 establece que el notario es competente para determinar si los acuerdos tomados por los padres sobre los hijos son los adecuados, pero me pregunto si esto no sea asumir demasiada responsabilidad por parte del notario.
4)El artículo 147, 156 y 165 establecen la posibilidad de los abuelos u otros familiares cuando estos lo soliciten justificadamente de establecer un régimen de comunicación con el menor así como hacer que se les entregue la guarda y cuidado de los menores.
Estos asuntos que deberían ser objeto de mediación y conciliación entre familiares y no deberían implicar una intrusión vinculante del Estado.
5)a pesar de que las últimas tendencias han llevado a los procesos de Familia la asesoría de un equipo multidisciplinario éste sigue teniendo una carga fuertemente ideológica .
Además no se resuelven cuestiones como la manutención efectiva o la obligación de alimentos por parte del progenitor que no convive con el menor a su cuidado. Tampoco resuelve los temas de la adopción de menores que sin amparo filial conservan patria potestad padres que no pueden asumir la responsabilidad ni renunciar voluntariamente a ella a favor de un tercero en el mejor interés del niño, situación que hace sumamente difícil la adopción de menores en Cuba y que este anteproyecto no contempla ni resuelve.
Por sólo citar ejemplos
*****
Básicamente a la luz del nuevo proyecto, la filiación y la familia no son un hecho natural sino que es tutelado y manejado por el Estado.
La patria potestad desaparece, y en su lugar está una figura que establece deberes tutelados intensamente con entidades públicas, por lo que es de suponer que no desaparece la patria potestad, sino que la asume el Estado a través de sus instituciones como tribunales y fiscalía.
Lo que resulta más interesante es que el Código de Familias todavía vigente es claro en los hechos que suspenden la patria potestad o que la privan, sin embargo este proyecto mantiene la discrecionalidad y poder del Estado sobre los menores.
El mayor problema es que el régimen está presentando el proyecto como un todo incuestionable y parece reacio a aceptar los señalamientos que se le hagan en consulta popular. El plebiscito no solo es ominoso, sino que está obligando a una parte de la población a ponderar a la otra.
Si no permiten modificaciones nos ponen en una diatriba: aceptar el matrimonio igualitario vs desaparición de la patria potestad, o proteger la patria potestad vs postergación de los derechos de la comunidad LGBTIQ, lo cual es una ruindad sin par por parte del régimen que está jugando a con un reclamo legítimo para dividir a la sociedad civil.
Mi opinión, es que la sociedad civil debe hacer causa común por lograr la protección de ambos, tanto el matrimonio como la patria potestad, pues si bien soy consciente de las reticencias e incompresiones de varios sectores, estoy seguro de que las posiciones más progresistas somos mayoría y el régimen tendrá que escuchar y ceder.
Estamos a tiempo.
PD: el Código Penal es un caso que tampoco podemos dejar de la mano.
Tomado de Facebook y modificado por mí, Licenciada en Derecho Cubano.
Puede ser una imagen de 1 persona, pantalla, televisor y texto que dice "iC CUBA PATRICIA ARÉS DOCTORA EN CIENCIAS PSICOLÓGICAS YPROFESORA TITULAR DE A UH"


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